La Fundación Emalaikat está incluida en la Ley 49/2002. Todas las aportaciones que nos hagas antes de que finalice el año se podrán desgravar en el pago del impuesto correspondiente, durante el ejercicio del año siguiente, de la siguiente forma:
Personas Físicas (IRPF)
hasta 150€ | 75%
a partir de 150€ | Norma general (30%)
Si también has donado a la Fundación Emalaikat en los dos ejercicios anteriores la deducción fiscal aumenta al 35%
Personas Jurídicas (Imp. Soc.)
Si no has donado a la Fundación Emalaikat en años anteriores | 35%
Si has donado a la Fundación Emalaikat en años anteriores | 40%